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Carlos Ossa

POLÍTICAS COMERCIALES

POLÍTICAS COMERCIALES

16

abr

POLÍTICAS COMERCIASLES

AUTOGASES DE COLOMBIA S.A., como Organismo de Inspección Acreditado, se obliga a mantener una política comercial responsable, para lo cual:

  1. Mantendrá un sistema de seguridad de la información personal tanto física como digital para lo cual será responsable la encargada del área comercial y deberá sujetarse a las políticas en materia de seguridad de la información que disponga la sociedad AUTOGASES DE COLOMBIA S.A.
  2. La publicidad comercial no podrá contener elementos alusivos a servicios de venta, mantenimiento, reparación, transformación de vehículos automotores, ni la venta de repuestos.
  3. La publicidad comercial por cualquier medio, no podrá hacer referencia a posibles resultados de las inspecciones, ni se podrán realizar ofertas, promociones que impliquen de forma alguna el compromiso previo de un resultado.
  4. En el evento que la sociedad realice convenios con empresas públicas o privadas para inspeccionar vehículos de propiedad de estas o afiliadas a las mismas, dicho convenio se sujetará a los siguientes criterios:
  • Que se trate de una empresa legalmente constituida bajo las leyes colombianas.
  • Que se encuentre debidamente registrada en Cámara de Comercio y posea RUT.
  • Anexe los aportes de afiliación y pago al sistema de protección social, durante los últimos tres meses.
  • Que se encuentre legalmente autorizada por los estatutos y/o documentos internos para realizar éste tipo de contratación.
  • Que se haya establecido el procedimiento de la contratación, si es mediante licitación o contratación directa
  1. Se incluirá una cláusula en el contrato que contenga:

“La inspección técnico mecánica y de emisiones contaminantes a realizar a los vehículos sujetos a este convenio, solo y únicamente estará sometida a los criterios de carácter técnico señalados en las disposiciones legales, y en las normas técnicas aplicables de conformidad a los reglamentos expedidos o adoptados por el gobierno nacional en garantía de la aplicación de la política de imparcialidad señalada en este documento. Bajo ninguna circunstancia los resultados de la revisión técnico mecánica quedan sujetos o expuestos o depende de las condiciones comerciales o financieras pactadas en el presente contrato”.

La sociedad AUTOGASES DE COLOMBIA S.A, establece que sus actividades de inspección en vehículos y motocicletas se ceñirán bajo la regla de imparcialidad, e independencia y proscribe cualquier presión que pueda resultar de relaciones comerciales, financieras, convenios, actividades de sus funcionarios, relaciones o actividades de los directivos y socios de la compañía, también se define como una organización independiente sin jerarquía de organización superior que subordine las funciones de la empresa.

Carlos Ossa, Autor

Ver también

  • SOBRETASA A FAVOR DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV) 2024
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  • ORGANISMO DE INSPECCIÓN TIPO A
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  • POLITICAS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACION PERSONAL
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  • POLÍTICAS COMERCIALES
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  • POLÍTICA DE INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD
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